Revista Jurídica Cajamarca |
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La moralidad en el mundo profesionalMasha K. Abanto Tafur Alexis A. Huaripata Torres Roberto López Aguilar Elsa M. Pérez Murrugarra Jaime H. Urbina Vásquez (*)
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SUMARIO: I.
EL
PROFESIONAL Y SUS VALORES II.
LA
CONCIENCIA MORAL III.
LA
AMISTAD: UN VALOR DISTORCIONADO EN EL MUNDO PROFESIONAL IV.
LA
OBLIGACIÓN MORAL DE COMUNICAR LA VERDAD V.
EL
PROFESIONAL FRENTE AL SOBORNO Y LA JUSTICIA VI.
LA
PROFESIÓN: UNA VOCACIÓN DE SERVICIO VII.
EL
CÓDIGO PERSONAL DE ÉTICA PROFESIONAL VIII.
LOS
CÓDIGOS DE ÉTICA PROFESIONAL REFERENCIAS
BIBLIOGRÁFICAS En
nuestro medio, un buen número de profesionales del Derecho, demuestran
cierta tendencia a ser amorales en el ejercicio de su profesión; es
decir, son indiferentes a la valuación moral, que en el ámbito
profesional es tomado en cuenta como el alejamiento de los valores
morales convencionales, prescindiendo de ellos y poniendo en su
reemplazo a otros valores; a lo que Nietzche designaba como la transmutación de los valores. Los problemas que se encuentran en el
ejercicio profesional son diversos; y, son pocos los que se encuentran
capacitados para integrar conscientemente principios morales en su
actuar profesional. Al
iniciar el ejercicio del Derecho, muchos profesionales desean portarse,
en su trabajo, como creyentes de Dios. Otros, desean incorporar un alto
grado de humanismo en el trato con los demás, asumiendo una conducta
netamente social. Sin embargo, cuando les toca pasar por algunas
experiencias dolorosas, poco a poco, aprenden a prescindir, en buena
medida, de valores morales al tomar decisiones; por lo que, los deberes
profesionales son dejados de lado o simplemente cumplen con ellos si es
que de por medio implica una satisfacción a sus intereses personales.
Con el tiempo, el resultado de ello es que se convierten en
profesionales amorales; pues, se llega a pensar, que sus propios valores
morales son meramente subjetivos en un mundo profesional en donde se
requiere ser objetivo. La
moralidad en el mundo profesional de los abogados implica la existencia
de un clima o ambiente ético en el ejercicio de la profesión. Sin
embargo, existen comportamientos, dentro de ese ambiente, que se hacen
por costumbre o los que se acepta por comportamiento normal entre los
abogados; pues, a pesar de que implican una falta de ética profesional,
no son censuradas por los demás.
Es
por ello que se hace necesario e indispensable el establecimiento de un
código personal de conducta de la persona, el cual, no implica una
positivización de valores, sino que éste abarca el conjunto de valores
personales que una persona ha hecho suyas, los cuales, a diferencia de
los códigos positivizados, se ven reflejados tanto en sus sentimientos
de justicia como en su comprensión intelectual de normas de
comportamiento aplicables en su vida profesional. En
diversos ámbitos de la vida social del país, en varias oportunidades,
se ha tratado de moralizar esa conducta humana en la interrelación con
los demás, a través de campañas publicitarias esporádicas, pero, por
lo general, han durado poco. Además, su éxito ha sido limitado, pues
no se ha logrado un verdadero cambio de mentalidad en las personas;
aunque, en un corto plazo, se suprimen, en algunas oportunidades,
comportamientos no deseados; pero, no se logra fortalecer el código
personal de conducta, por ello, se repiten frecuentemente las mismas
historias de corrupción. La única solución a ello, a decir del Dr.
Eduardo Schmidt, será desarrollando los siguientes objetivos: -
Identificar los valores reflejados en nuestros propios sentimientos de
justicia; -
Formular principios morales con nuestras propias palabras a partir de
estos valores; -
Evaluar nuestros valores morales a la luz de los valores objetivos; es
decir la exteriorización y la puesta en ejercicio de dichos valores
para que no queden en simples sentimientos o en simples palabras. -
Integrar principios morales objetivos en el ejercicio profesional. Para
explicar un poco más acerca de la objetividad de los valores, tendremos
que decir, en primer lugar, que algo es objetivo cuando hay evidencia de
lo que tenemos entre manos, estando seguros de que es así. En segundo
lugar, diremos, que en cada sociedad se puede hablar de valores
objetivos que pueden ser percibidos como exteriorización pura de los
valores morales que poseemos, es decir, atribuyéndolos un verdadero
significado; otros que se perciben distorsionadamente y otros que pasan
desapercibidos. De esta manera, podremos decir que, en cada cultura hay
algunos valores que no suelen ser expresados o respetados en forma
adecuada. IX.
EL PROFESIONAL Y SUS VALORES Ingresando
ya al terreno del ejercicio profesional (en el presente caso, de la
abogacía); suele suceder que cuando se descubre que una persona ha
faltado a la ética profesional todos lo juzgan y se trata de dar
soluciones al problema para que dicho profesional no vuelva a cometer un
acto antiético; y, la verdadera solución no está en controlar el
comportamiento del profesional; más bien habrá que buscar cual es la
causa de dicho comportamiento, si es frecuente en él, si actuó
presionado por algo, cual es su actitud moral y cómo se puede ayudarlo
a mejorar su comportamiento en el futuro. Es
por lo expresado en el párrafo anterior, que varios autores nos hablan
acerca de una actitud moral fundamental que posee toda persona; la cual
es su orientación básica frente a la vida y, cuando ésta es la
correcta, consiste en actuar cumpliendo lo moralmente correcto; ello
implica mantener una actitud en el que el beneficio personal está
subordinado a las exigencias de la moralidad objetiva, pues, supone una
postura activa que busca cómo hacer respetar los valores morales en
todas las áreas de su vida. Pero, si deja que sus propios deseos
prevalezcan, su actitud moral fundamental puede llegar a ser malsana. La
actitud moral fundamental es un modo de ser que la persona desarrolla
consciente e inconscientemente a lo largo de su vida. Esta actitud,
determina los valores éticos que la persona acepta como tales. Si esta
orientación es sana, le será fácil aceptar verdaderos valores que los
desarrollará con agrado, pero, si es mala, será fácil desarrollar
antivalores. Para saber si esta actitud moral fundamental es sana, se
deberán ver sus frutos y conocer que es lo que más se quiere en esta
vida, si nos sentimos atraídos por las virtudes o por los vicios. Este
concepto, también se describe como el motor de una persona, porque es
lo que lo empuja a tomar un determinado rumbo en su vida. Esta actitud
es susceptible de modificación, tanto para bien como para mal.
Moralmente el cambio de actitud de una persona, si se dirige a suplir lo
malo por lo bueno, es totalmente aceptable; puesto que, por el hecho de
ser seres humanos y no dioses, con frecuencia cometemos grandes errores
con nosotros mismos y con los demás; errores que implican faltas a los
valores morales existentes; y, por esa razón de ser humanos, tememos
pues, el derecho de un cambio en nuestra actitud moral fundamental; es
decir, sumar a aquellos pocos valores morales que poseemos, otros más,
para que de esta manera dirijamos la actitud moral fundamental a ser lo
más sana posible; ello implica, que posea mayor contenido axiológico. El
ser humano va asimilando, desde sus primeros años de su vida, una serie
de valores éticos; al convertirse en persona capaz escoge,
deliberadamente, los valores que acepta y los que rechaza. A lo largo de
los años, establece una jerarquía o escala de valores que es la base
de su personalidad moral. La
mencionada actitud moral fundamental se desarrolla, pues, dentro del
contexto de las relaciones con los demás. Por ello, son importantes los
amigos que se escogen, ya que se puede asimilar fácilmente los valores
y antivalores de estas personas; incluso la realidad nos enseña que es
más fácil captar y absorber los malos comportamientos que los buenos
comportamientos, que podemos observar en nuestras amistades y en todo el
mundo social que nos rodea. Pero, el profesional deberá tener la
capacidad de tomar una postura crítica frente a los “valores” de
sus amigos. Muchas veces, este proceso, implica romper afectivamente con
tales personas, pero si una persona desea desarrollar su propia
personalidad basada en una actitud moral fundamental sana que sea
realmente suya, y no una copia de lo que dicen los demás, es necesario
asumir este riesgo; ya que, dejarse llevar por lo que dicen los demás,
es signo de inmadurez. Dado
que la mencionada actitud moral fundamental afecta a todas las áreas de
la vida de una persona, también tiene expresión en su vida
profesional. En el caso del ejercicio de la abogacía, a pesar de que el
ambiente ético en el que muchos abogados trabajan da mucho que desear;
Sin embargo, a pesar de ello, el profesional con una actitud moral
fundamental sana, decide cómo luchar en forma realista por sus ideales,
los cuales a pesar de que no se les puede atribuir realidad objetiva, no
por ello deben ser consideradas como quimeras (ideas falsas); los
ideales poseen la perfección suprema existente en la imaginación; son
prototipos o modelos ejemplares de perfección los que se consideran
como más aceptables. Por esta actitud moral fundamental sana, que
conlleva a la madurez del profesional; éste, puede distinguir sus
ideales, la realidad en la cual se encuentra y las metas que puede
lograr a corto y mediano plazo; para esa persona, sus ideales con
respecto a la ética profesional son muy importantes. X.
LA CONCIENCIA MORAL Es
la capacidad que tiene la persona de enjuiciar sus actos y de los demás
a la luz de lo que percibe como valores morales objetivos. Hace posible
que la persona evalúe su propia responsabilidad moral tanto por las
cosas malas como por las cosas buenas que deja de hacer. Toda persona
tiene una conciencia moral, pero, no todos son capaces de dialogar
reflexivamente con ella. Si su actitud moral fundamental es sana, es
probable que la escuchen. La
función de la conciencia moral es presentar a la voluntad de la persona
juicios de valor moral; es decir, su función implica una comparación
de lo que está bien con lo que está mal; y luego; por la libertad que
posee cada persona, ella es capaz de aceptar o pasar por alto lo que le
dice su conciencia. La
formación de la conciencia moral es un proceso continuo que ocurre a lo
largo de la vida. La conciencia moral estará bien formada cuando le
revela correctamente la moralidad de una acción. En cambio, si está
deformada, no logrará percibir lo bueno como bueno y lo malo como malo,
debido a defectos en su formación. Lo
ideal sería que cada persona tuviera una conciencia moral bien formada
frente a todas las áreas de su vida, sin embargo, con frecuencia se
producen deformaciones que afectan la capacidad de ver y aceptar las
exigencias de la moralidad objetiva; éstas deformaciones, pueden
afectar todas las áreas de la vida. Muchas personas piensan que lo
moral para unos no es lo moral para todos, dan así, un valor relativo a
los valores morales; pues, para ellos, cada persona posee su verdad y se
guían de acuerdo a la “moral” que aconseja su conciencia. Como
mencionábamos en líneas anteriores, cada persona tiene la obligación
de formar su conciencia moral a lo largo de su vida, pero no podrá
decir que se encuentra totalmente formado frente a lo que pudiera pasar
en la vida. El profesional debe prestar especial atención a la formación
de su conciencia con referencia al trabajo que desempeña. En términos
generales, hay dos maneras en que un profesional puede faltar a su deber
de no escuchar a su conciencia, según el Dr. Schmidt: -
Cometer un acto que no debería hacer (falta por acción); -
Dejar de hacer algo que debería hacer por el cargo o profesión que
tiene (falta por omisión. Ambos
casos, producen lo que se llaman faltas morales en el ejercicio de la
profesión. Si
la actitud moral fundamental es malsana, será un obstáculo para formar
mejor la conciencia moral. La formación de la conciencia moral deberá
ser continua y constituye la base de cualquier intento de moralización
de un país. XI.
LA AMISTAD: UN VALOR DISTORCIONADO EN EL MUNDO PROFESIONAL Uno
de los valores que suele percibirse distorsionadamente, en nuestra
sociedad, es la amistad. Es cierto que la amistad es un valor que debe
tener importancia en nuestras vidas, nuestros amigos ayudan a dar
sentido a la misma; sin embargo, también es cierto, que la amistad
tiene límites. No debemos hacer cualquier cosa por un amigo, aún a
costa de sacrificar nuestros principios morales; la persona que favorece
a sus amigos por encima de estos principios, manifiesta una conciencia
cegada por valores distorsionados en la sociedad. Una
verdadera amistad existe entre dos o más personas cuando comparten
valores, sentimientos, principios y responsabilidad por el bien del
amigo, que incluye la posibilidad de criticarle cuando sea necesario por
su propio bien. En
el mundo profesional, la mal concebida amistad es muy frecuente. Suele
hacerse, por amistad, realmente cualquier cosa por los “amigos”. Así
por ejemplo, en el campo de la abogacía, un abogado por el hecho de que
su gran amigo se encuentra como parte contraria a la que él patrocina
en un proceso determinado, le promete que no presentará tal o cual
recuso que lo perjudique y, que si su patrocinado se queja de no haber
obtenido justicia con dicho proceso, dirá que la culpa lo tiene el
juez, pues éste se vendió a la otra parte. XII.
LA OBLIGACIÓN MORAL DE COMUNICAR LA VERDAD Con
frecuencia, los abogados que trabajan ejerciendo su profesión se
encuentran frente a situaciones en que, según ellos, se ven forzados a
mentir, basándose en lo siguiente: -
Todo el mundo lo hace; ya se ha hecho costumbre; -
Si no lo hago pierdo el caso; -
Sé que la otra parte me está mintiendo, así que le pago con la misma
moneda. Pero,
si se tiene una conciencia moral sana, no caeremos en ese juego de
justificaciones, pues, todo profesional y en sí, todo abogado, debe
comunicar la verdad a las personas que tienen el derecho de saberla,
pues, a pesar de haber una verdad, ésta no se debe decirla a cualquier
persona, diseminándola sin discreción; aunque esto se nota,
frecuentemente, en nuestro medio, sobre todo cuando se trata de hablar
de la falta de una persona. Como ejemplo para comprender cómo muchas
veces el profesional miente, mencionaré lo siguiente; un abogado sabe
perfectamente que su patrocinado tiene las de perder en un proceso penal
que le iniciaron, debido a que existen pruebas fehacientes que
demuestran su culpabilidad, sin embargo, este abogado no le menciona
nada y, todo lo contrario, le dice que su proceso va viento en popa y
que no se preocupe por eso sino por ver cómo le va a pagar sus
servicios prestados lo más antes posible, ya que él saldrá librado de
responsabilidad. Además
de lo dicho hasta el momento, la verdad debe comunicarse en forma
oportuna, de esta manera, el profesional está en la obligación de
utilizar los medios apropiados en su profesión para lograr una
comunicación adecuada y oportuna con su cliente, la parte contraria y
el juez. La
palabra comunicación, implica un proceso mediante el cual dos o más
personas logran entenderse. Así, en la comunicación, se deben usar
expresiones faciales, gestos, entonación o códigos conocidos por las
partes en la que ambas deben entenderlo. El
abogado debe aprender cómo “comunicar la verdad”, con una
conciencia tranquila, sin sentir la necesidad de justificarse mediante
argumentos sin validez que llegan a ser peligrosos como precedentes para
otras áreas de su vida. Dentro
de esta obligación moral de decir la verdad (la cual no sólo implica
una obligación para con el cliente); al hablar de que ésta debe
comunicarse a las personas adecuadas o que tienen el derecho de saberla
implica el cumplir con uno de los deberes de los abogados, que es la
lealtad para con su cliente; esa lealtad se cumplirá en varios
sentidos; así, por ejemplo, guardando el secreto profesional, el cual
es una información confidencial que ha sido comunicada al abogado para
que la utilice en su trabajo. La
persona que recibió el secreto, tiene la obligación moral de usar esta
información sólo por los fines para los cuales le haya sido confiada.
Falta a su deber como profesional si la revela a personas no autorizadas
o si la usa en provecho personal. XIII. EL PROFESIONAL FRENTE AL SOBORNO Y LA JUSTICIA Uno
de los problemas éticos más serios en los tiempos actuales es el
soborno; actividad que con frecuencia, los profesionales del Derecho
tienen que enfrentar. Hay un gran número de abogados que se ven
forzados a efectuar pagos adicionales, contra su voluntad, si es que
desean conseguir lo deseado en los casos que puedan estar llevando; o,
que tientan a determinadas autoridades para que reciban “algo” por
el favor hecho o por hacer. El
soborno es un pago realizado con la finalidad de conseguir alguna
ventaja económica o un privilegio que no le corresponde por derecho a
una persona, empresa u otra entidad. Resulta siendo censurable tanto la
exigencia de pagar un soborno como el hecho de pagarlo. El
Perú en los últimos años ha sido, a criterio nuestro, una especie de
capital de la corrupción y, más específicamente, del soborno. En el
caso de los que ejercitan la abogacía, la figura del soborno se ha
visto más materializada que en otras áreas profesionales. Se ha podido
ver, cómo el Poder Judicial y el Ministerio Público, desde sus más
altas autoridades, han caído en la tentación del soborno; de allí, se
habla de una reforma moral en dichas instituciones; pero, creemos que el
problema es mucho más grave; ya que, se juzga, se critica y se tratan
de ver soluciones que lleven a un cambio moral para estos sectores
mencionados; los jueces, más que cualquier otra autoridad, son
considerados como los más desconfiables en nuestro país; pero, qué
hay del resto de nuestros profesionales del Derecho; ahora, la mayoría
de abogados se atreve a criticar esta actitud que tomaron los fiscales y
magistrados, como si recién se enteraran de que ellos cometían tales
actos, cuando en realidad, también fueron parte de esos sistemas
corruptos que, hasta la actualidad se pueden encontrar casos en los
cuales, a pesar de que se rasgan las vestiduras diciendo que actúan
moralmente, en realidad es lo contrario; pues, siguen sobornando
consciencias de manera muy cautelosa y, el hecho de que se haya
destapado toda una “mafia” a nivel nacional, no implica ello que se
halla curado el mal o solucionado el problema; por supuesto que lo dicho
tiene sus muy respetadas y admiradas excepciones. El reto para nuestros
profesionales, según lo expresado, es muy grande y, como dice el Dr.
Monroy Gálvez, está sobretodo en manos de la juventud; ya que en la
mayoría de ellos se pueden encontrar todavía valores morales
arraigados en su personalidad y, que por el hecho de aún no haber
tenido contacto con el ejercicio profesional malsano e imperante en el
país, son los llamados a implementar el cambio en la mentalidad de los
futuros profesionales; para así se forme una actitud moral fundamental
adecuada en el abogado y éste tome vital conciencia a cerca de la ética
profesional con la que debe actuar como base del ejercicio de la abogacía
que en el futuro debería ser tomada en cuanta como una de los más
nobles. Por
otro lado, los profesionales del Derecho, suelen aprender que por
principio deben ser justos en sus relaciones con los demás; llámense a
éstos clientes, parte contraria, colegas, autoridades, etc. Sin
embargo, se reconoce que en varias oportunidades no es fácil saber lo
que realmente es justo en el trato con los demás; ya que, muchas veces
cuando alguien exige explicación a un profesional de qué es lo que él
quiere decir con la palabra “justo”, muchas veces se acude a lo que
se acepta como “normal” en la sociedad. Cuando
una persona desea actuar motivada por la justicia, en sus relaciones
profesionales con los demás, cómo podría determinar lo que es justo
en cada situación. La respuesta a ello es que tendrá que considerar
los legítimos derechos y las obligaciones de las diferentes personas;
por ello, convienen que el profesional se esfuerce por formular
principios morales que expresen con mayor claridad sus derechos y
obligaciones. XIV.
LA PROFESIÓN: UNA VOCACIÓN DE SERVICIO Ser
profesional implica estar preparado para realizar algún tipo de
actividad. A cambio de su servicio, el profesional espera recibir un
ingreso que le permita cubrir sus propias necesidades, situación que es
lógica y justa. Sin embrago, no todos los profesionales comparten el
mismo ideal o visión de sí mismo como profesional. El ideal de algunos
se forma en torno al dinero que piensan ganar; de otros, gira en torno
al servicio que desean prestar. Éstos últimos están convencidos de
que, en la medida en que ofrecen un buen servicio, recibirán como
recompensa lo que necesitan para cubrir sus necesidades. Al fijarse más
en ofrecer un buen servicio que en el dinero que puedan ganar, no
sienten con tanta frecuencia la tentación de faltar a la ética
profesional para aumentar sus ingresos. De
esta manera, los profesionales que dan prioridad al servicio, en el
ejercicio de su profesión, suelen reconocer que no se sienten
plenamente realizados como profesionales por el sueldo que reciben o por
los cargos que ejercen, sino, que se sienten realizados como
profesionales mediante el servicio que ofrecen a los demás. En
las diferentes profesiones, en nuestro país, se suele tomar muy en
cuenta el aspecto monetario que posee cada persona; la sociedad suele
fijarse mucho en los signos exteriores o materiales de un ser humano, es
por ello que la visión con la que cuentan los profesionales por el
ejercicio de su profesión se guía, principalmente, en la cantidad de
dinero que puede ganar; siendo este pensamiento el más generalizado.
Mientras más posees en bienes más te consideran y el aspecto del
servicio que se brinda con una profesión es tirado a un segundo plano;
explicando ello la falta de calidad en dichos servicios profesionales
imperantes en el Perú. XV. EL CÓDIGO PERSONAL DE ÉTICA PROFESIONAL Es,
del conjunto de valores que contiene el código personal de conducta,
que surge el llamado código personal de ética profesional, que viene a
ser un conjunto coherente de principios morales que expresan los valores
que una persona acepta y desea hacer respetar en su vida profesional, el
cual se expresa con una manera de actuar que es coherente, valga la
redundancia, con el conjunto de valores morales que una persona ha
asimilado a lo largo de su vida. La
manera de formar un código personal de ética profesional, como expresión
de la mística, es decir, de la vida espiritual de éste, varía de una
persona a otra. No existe una fórmula única para expresarlo; pero,
debe incluir el conjunto de principios éticos que la persona desea
aplicar en el ejercicio de su profesión. Hoy
en día, la sociedad necesita de profesionales que vivan su propia
profesión como una vocación de servicio, como ya lo habíamos
mencionado anteriormente; lo cual se logrará formando, cada uno, un sólido
código de conducta profesional. Sólo a través de tales personas será
posible moralizar el mundo del ejercicio de la profesión y,
especialmente del Derecho. Para que puedan perseverar, en el camino
elegido, hace falta que los abogados busquen apoyo en personas que
compartan sus valores y principios éticos. El secreto de la
perseverancia está en caminar juntos; luchar solo agota a cualquier
persona, pero, luchar acompañado, hace más fácil el seguir caminando. XVI.
LOS CÓDIGOS DE ÉTICA PROFESIONAL ¿Cuál
es el papel que debería jugar un código de ética profesional en el
mundo jurídico?. Hace algunos años atrás, se creía que una buena
manera de crear una cultura jurídica sería simplemente presentar un código
de ética profesional del abogado, explicarlo y luego exigir su
cumplimiento; pero, la experiencia ha demostrado que ello era una
equivocación. Los profesionales, en general, suelen ver en este tipo de
códigos, algo impuesto desde afuera; no pasa de ser un reglamento más
de trabajo que hay que acatar por temor a una sanción. Por ello, no
contribuye en mucho, a formar una cultura, en este caso jurídica, justa
de conformidad con los valores éticos. En
teoría, debe ser posible utilizar un código de ética profesional como
parte del proceso de afianzar aquella cultura ya mencionada, la cual
debería previamente existir. Así, el código sería presentado como
una expresión de los valores y los principios éticos que el grupo ya
comparte y que desea expresar para tener, así, mayor claridad. Para que
sea capaz de influir en la vida de los profesionales, cualquier código
de ética profesional, según el Dr. Eduardo Schmidt, debería tener las
siguientes características: 1.
Debe ser preparado por los mismos profesionales que lo tendrán que
cumplir. Este proceso de participación es una buena ocasión para
explicar y aclarar los valores que fundamentan la mística personal que
todos traen al ejercicio de la profesión; 2.
Al formularlo no debe hacerse usando generalidades sin examinar más a
fondo el comportamiento de los profesionales. Algunas generalidades son
importantes como enunciados previos, pero, un código debe especificar
prácticas consideradas inaceptables; 3.
Tampoco se debe ir al extremo y formular un código exageradamente
detallista, pues ello suele fomentar una actitud legalista no coherente
con la verdadera mística profesional; 4.
Debe haber un sistema de vigilancia del cumplimiento del código
formado. Sin esta vigilancia, caería en desuso y pronto llega a ser
letra muerta; 5.
Se deben establecer las sanciones por el incumplimiento a dicho código; 6.
El código debe ser revisado periódicamente debido a los frecuentes
cambios que puedan exigir una nueva aplicación a los principios
establecidos. Teniendo muy en cuenta, que los valores morales nunca
cambian. REFERENCIAS
BIBLIOGRÁFICAS ABBAGNANO,
Nicola. Diccionario de Filosofía. Editorial Fondo de Cultura Económica.
Tercera edición. México 2000. Pgs. 1206. CUADROS
VILLENA, Carlos F. “Ética de la Abogacía y Deontología Forense”.
Editorial Fecat. Segunda edición. Lima 1994. CRUZADO
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SOLIS E.I.R.L. Págs. 238. DU
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1990. págs. 318 ENCICLOPEDIA
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1992. FRISANCHO
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Editorial jurista. Edición 2000. Lima Pgs. 328. GOZAINI,
Osvaldo Alfredo. “La Prueba en el Proceso Civil. Editorial Normas
Legales. Primera edición. Trujillo – Perú 1997. Pgs. 210 MALAVASSI,
Guillermo. “Por el Camino de la Ética”. Editorial Jossmay. Págs.
364 OSORIO,
Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales.
Editorial Heliasta. 23º edición 1996 Buenos Aires. Pgs.1038. SCHMIDF,
Eduardo. Ética y Negocios para América Latina. Editorial Universidad
del Pacífico. Primera edición. Lima 1995. Pgs. 603
(*) Alumnos del 5to. Año de la Facultad de Derecho y CC.SS. de la Universidad Nacional de Cajamarca. |
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