Revista Jurídica Cajamarca

 
 

 

Juridicidad de la libertad de expresión

Marcial Abanto Florida (*)


 

“ Para un filósofo, las noticias   periodísticas son chismes malignos, y quienes las editan y leen (o escuchan) son ancianas histéricas tomando el té”

HENRY D. THOREAU     (Walden)

 

INTRODUCCIÓN

            En la Maestría en Derecho de la UNC se halla a mi cargo el curso de jusfilosofía. Dentro de éste, surgió en alguna oportunidad una acalorada discusión entre los alumnos abogados en torno al tópico “libertad de expresión”. En aquella circunstancia, expresé ciertos puntos de vista cuyos aspectos principales dejo aquí plasmados de modo condensado.

            La “expresión” y la consiguiente “libertad” para evidenciarla son atributos esenciales e irrenunciables de nuestra condición de SER HUMANOS, que trascienden a cualquier normativa del “ordenamiento legal”. Mediante la “expresión” trasuntamos nuestra condición ontológica (instintos, pulsiones, emociones, sentimientos, pensamientos, conocimientos, intereses, anhelos, angustias, esperanzas) y nos ponemos en relación con el mundo y sus dramas. Mediante ella contribuimos proactivamente a las mejores realizaciones humanas; o, también, mediante ella negamos nuestro SER, banalizando peligrosamente nuestra frágil existencia. Es decir, podemos optar por la genuina LIBERTAD para que tal “expresión”  resulte compatible con las más caras facultades humanas y con una escala axiológica constructiva para la sociedad y el individuo; o, ¡Qué irracionalidad!, tal “expresión” puede ser ejercitada con entero LIBERTINAJE, antipódico y negador de nuestro ser genuino, enajenador rotundo de nuestra naturaleza antropotélica  y ética. Pues el libertinaje es la más abrupta, grotesca y trágica aniquilación de la libertad: una paradójica variante de la esclavitud que más dolores y sufrimientos ha traído a nuestra especie. De acuerdo a este segundo perfil, los seres humanos somos los insuperables prototipos de lo absurdo, los amantes tanatófilos que luego fabrican “leyes jurídicas” en cuya maraña artificiosa agostan e inmolan miserablemente sus energías. Si yo fuese mentor del talentoso etólogo y tremebundólogo Marco Aurelio Denegri, diría como él, tras comentar a    K. Lorenz, que “a nosotros no nos creó Dios, sino el Diablo, en un momento en que Dios estaba descuidado”. O si fuese un seguidor del afamado biopaleontólogo R. Leakey, diría como él que “la especie humana no es más que un espantoso error genético, que se ha desarrollado hasta traspasar un punto en que ya no puede prosperar en armonía consigo mismo ni con el mundo que la rodea”. No necesariamente comparto en toda su amplitud tan escarapelantes sugestoglosias. No obstante los datos y las evidencias sobre la espeluznante etología humana, prefiero optar por los espacios de las bondades y el altruismo inmersos en el espíritu de los hombres.

            La “expresión humana” es de muchas clases (sólo mencionaré a las más relevantes que, además, poseen una sucesión filogenética). Tenemos la expresión gestual-corporal; luego la expresión glósica; finalmente la expresión escrita, impresa y logosígnica (semiótica). Sin embargo, cuando se habla de “libertad de expresión”, el énfasis casi exclusivo está puesto en el discurso glósico (u oral) y en el discurso impreso y de imágenes, dados los enormes impactos psicosociales, morales, políticos y jurídicos que de ellos se derivan, dados que son fuente muy prolífica de información y de opinión, y dados que afectan (positiva o negativamente) los intereses colectivos.

            En los planos del discurso glósico y el discurso impreso y de imágenes, se mueven la actividad periodística, la actividad política, el marketing publicitario y la mayoría de programas televisivos y cybertelemáticos. Lo central de este ensayo jusfilosófico se halla constituido por reflexiones sobre la libertad de expresión dentro de la actividad periodística  realmente existente: esto es la tan supinamente balandroneada “LIBERTAD DE PRENSA”, tan cara a los sofismas y las demagogias de los más diversos signos. Advierto al amable lector que estamos ante un tema hartamente controversivo y por ello mismo cautivante para el librepensamiento. Es más, el librepensamiento no espera congraciarse con nadie; menos aún con los políticos; menos aún con el gremio periodístico. ¡ Lo sé !. Estoy entrando en un terreno prohibido: un tabú pletórico de hipocresías institucionalizadas; un tabú hipertrofiado por las mascarillas proyectivas de la convencionalidad que ha estructurado nuestro perfil cultural, precisamente para “desestructurarnos” alienógena o patogénicamente.

PERIODISMO SUPINÓCRATA Y ULTRALIBERAL

            El periodismo genuino sería aquel que informa la verdad, que administra la verdad con sabiduría e inteligencia, que se funda en el pleno respeto a la dignidad humana, que promueve la construcción (tan difícil) de una  opinión pública sana, que no proyecta las  frustraciones y psicopatologías perversas del periodista como individuo, que se mantiene siempre alejado de las tentaciones manipulatorias, que jamás ejercita la difamación, la calumnia, la injuria y el escándalo; que jamás trafica con la extorsión emocional y económica. Periodismo genuino sería aquel que posee un insight digno de la mejor etología antropológica. Tal sería el marco en el que se habría de inscribir la auténtica libertad de expresión (de prensa o de opinión). Lo dramático es que tal periodismo es casi inexistente en esta “era de la información”. Es más, tal periodismo es inútil para el común de las empresas de la “comunicación”  (aquí el entrecomillado es muy pertinente porque los medios ya no comunican, sino propalan sin escrúpulos y manipulan) que centran su actuación principalmente en los horizontes rentísticos y mercantilistas más primitivos. Y el honroso periodismo que por excepción existe (al que tributo mi homenaje y mi respeto) se ve precisado a optar por una sobrevivencia bastante marginal y escasamente atractiva.

            El periodismo convencional (el realmente existente) no sólo que  difama, calumnia y escandaliza, sino que posee una irrenunciable vocación supinocrática: esto es, a sabiendas de su evidente y pedestre ignorancia, de modo directivo impone criterios y opiniones, apelando a la coerción, el burdo asedio y la manipulación más grosera. A veces, el supinócrata periodista puede estar medianamente informado (docta ignorantia) para luego, a partir de su endeble información, a veces con algún matiz académico, erigirse soberbia e impositivamente sobre su ingenua víctima que entrevista, quien acaso es un notable experto en el tema  o asunto abordado tal vez fallidamente.

            Cierto que los regímenes políticos dictatoriales o autocráticos sojuzgan, maniatan y hasta secuestran la libertad de expresión. Pero también es cierto que los vanidosos mentores de tal libertad, precisamente desde el periodismo conculcan a diario tal derecho, cuando optan por el libertinaje, la desinformación planeada, la manipulación y la violación a la verdad, la dignidad y la intimidad de las personas. La prensa resulta así autosecuestrada, entrópica y truculenta. No ejerce constructivamente la libertad de expresión.

            Los políticos y la prensa de oposición con alguna razón critican de “ultraliberales” a los gobiernos que destrozan la economía denominada “nacional” , sometiéndola a la extrema liberalización del mercado. Sin embargo, los términos liberalismo, neoliberalismo y ultraliberalismo no sólo poseen un sentido político-económico. Su sentido genuino más bien es de índole sociopsicológico, idiosincrático y cultural. En rigor, nuestra sociedad es eminentemente ultraliberal; le apasiona ser ultraliberal; quien menos hace lo que quiere (y no lo que debe); la familia y la crianza son ya ultraliberales; la informalidad reinante es ultraliberal; la prensa es supremamente ultraliberal en tanto que  cotidianamente ejerce el libertinaje más abominable y patológico; y es ultraliberal la prensa porque expresa con impunidad lo que se la antoja y porque se rasga las vestiduras cuando alguien se atreve a plantear que corresponde al Estado normar algunos mecanismos de regulación en aras del bien colectivo y de la dignidad de los individuos. Tal prensa ejerce con impúdica eficacia la moral tartufiana (1). Repulsa visceralmente al nocivo ultraliberalismo de algunos regímenes políticos, pero carece de sensatez para sofrenar sus propias obsesiones ultraliberales. Pareciera, pues, que a la prensa convecional (impresa, radial o televisiva) no le queda otro mejor destino que su autosojuzgamiento y que ser desmesuradamente ultraliberal. Allí reside el motivo por el que muchos la temen o la eluden. Allí reside el motivo por el que otros nos pongamos, ante su astuto asedio, a mejor recaudo.

            Sin embargo, resulta muy estimulante que haya un pequeñísimo segmento de la prensa que se esfuerza por ejercitar una libertad de expresión seria, veraz y muy respetuosa de la dignidad humana. Ella representa una brillante excepción merecedora de los más altos elogios. Sin embargo, ¿Cuál es su magnitud?. Tal vez no exagere si la pongo en esta verosímil escala porcentual: ¡ el uno por ciento !. Si ojalá me equivocase, espero ser corregido.

JUSFILOSOFÍA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

            Pues la prensa convencional se halla muy lejos de ejercitar una sana libertad de expresión, no sólo porque habría un régimen político dictatorial que se encargase de limitarla o constreñirla; sino, sobre todo, porque su signo expresivo es el ultraliberalismo (libertinaje feroz). Tal prensa es altamente polutífera (contamina  a la interacción social deseable y contamina letalmente a la cultura). Tal prensa es por definición pleonéxica (“pleonexia”; un término griego que reintroduce  talentosamente el indispensable jusfilósofo americano John Rawls en su muy rigurosa obra Teoría de la Justicia - 1985 -. Literalmente significa violencia o codicia para obtener ventaja) porque mediante la retórica verbal o la retórica de las imágenes se apodera de la personalidad de los individuos y las instituciones para doblegarla a su entera codicia manipulatoria, cercenando así las posibilidades de una práctica constructiva de la libertad de prensa. Dado a ello es que aparece la necesidad del planteo de una juridicidad, o más propiamente de una jusfilosofía, que avizore los prolegómenos     teórico-doctrinarios de la libertad de expresión en la envolvente era de la información.

            ¿Qué es juridicidad? . ¿Se justifica una juridicidad o jusfilosofía de la libertad de expresión?. Intentaré examinar brevísimamente tan complejas interrogantes.

No obstante sus obvias deformaciones románticas, es en el horizonte del jusnaturalismo que podemos encontrar una concepción de juridicidad estrechamente ligada a los fueros esenciales de la persona; en él, la norma jurídica de modo fundamental tiene que corresponder al ámbito íntimo; de ahí que para el jusnaturalismo “dignidad de la persona” y “privacidad de la persona”, entre otros, son valores inalienables que la norma jurídica y el Estado están obligados a cautelar como “bienes superiores no transigibles”. Cuando aparecen  H. Kelsen y los positivistas (y neoempiristas) que él ayudó a incubar y desarrollar, la noción de juridicidad va adquiriendo un contorno más técnico, aunque con esto la artificiosidad se hace patente y se genera un hiato que va distanciando la “norma positiva” del “fuero natural esencial” de la persona. El derecho se vuelve así calculador y frío, a tal punto que la juridicidad se vuelve una gris estructura que sólo construye prescripciones acerca de la epidermis del complejo acto jurídico. Acto que fundamentalmente es intersubjetividad plena de voliciones, sentimientos, afectividad, cognitividad, espiritualidad, etc. De ahí que el positivismo jurídico, como todos los positivismos, no obstante el enorme aporte de H. Kelsen, conlleva a insuperables limitaciones cuando se trata de integrar en toda su plenitud la noción de juridicidad: un estigma que todavía hoy es predominante en la formación del abogado y del magistrado, quienes han pasado a ser principalmente tecnócratas del derecho (operadores del derecho), menos o más hábiles para la administración de artilugios legalistas. La juridicidad resulta así equivalente a una institución a quien no preocupa preguntarse en qué medida está centrando su accionar en la banalización de la condición humana. Por lo mismo, ya en el ámbito de las libertades individuales o colectivas (entre las que se encuentra la libertad de expresión), la juridicidad pierde rigor y vigor. La juridicidad tiende a volverse espuria. Un aval psico-sociológico para que los actores públicos de la expresión confundan libertad con libertinaje: ultraliberalismo de la prensa para ultrajar los más elementales derechos.

            Los exabruptos formalistas de positivismos y neopositivismos jurídicos, que tuvieron escasísima consideración por los derechos esenciales de los individuos, posibilitaron la germinación de otras aperturas teoréticas y epistémicas respecto a la noción de juridicidad. Tuvo que releerse y reinterpretarse lo mejor de la tradición jusnaturalista, despojarla de sus nostalgias románticas; trascenderla. Así empezaron a configurarse importantes opciones hermenéuticas (Gadamer y otros), fenomenológicas y transpersonales que reinstalaron al derecho y las disciplinas jurídicas en el núcleo de la condición humana: un ser cuya majestad antropológica inalienable se halla constituida por su dignidad y por sus demás atributos morales y espirituales a los que la sociedad civil, la sociedad política, los líderes de opinión y el Estado deberían respetar y garantizar su incolumidad. Respecto de la temática que nos ocupa, pues algunas tendencias justranspersonalistas asumen (me parece con gran fundamento) que la función de la expresión a través de la palabra y los gestos debiera ser ejercitada con la máxima ponderación y prudencia para no violar los intereses superiores del bien jurídico que está representado por el individuo y su correlato, la colectividad (bien público). Esto significa que la palabra o mensaje expresivo tiene que estar sana e inteligentemente administrada en coherencia con los más elevados valores éticos. Bastan el sentido común y un mínimo de buena educación para tan deseable administración. Si este requisito no lo poseemos, es mucho más ético callarse y aprender actitudes y nuevos hábitos que nos permitan dignificarnos como individuos en sociedad. Para el justranspersonalismo, la libertad de expresión no puede ejercerse de modo ultramontano sin el gravísimo peligro de caer incluso en el autosojuzgamiento patológico: el libertinaje de la expresión. Así, pues resulta un crimen que teniendo el “poder” que dan los impresos, el micrófono, la imagen televisiva o la telemática, la gran mayoría de periodistas hagan trizas de aquello tan sacro que la naturaleza humana nos ha regalado: la palabra (A. Maslow). Quien ejercita irresponsablemente la libertad de expresión (libertinaje), oculta con tal máscara proyectiva profundas y muy dolorosas frustraciones y patologías; exhibe un ego hipertrofiado que se autofagocita desesperadamente (F. Perls). como podemos inferir, aquí la noción de juridicidad iría hacia las raíces mismas de la condición humana; así, la juridicidad sobre la libertad de expresión no tendría por qué evadir su misión superior: devolver a la palabra (y a los gestos) el hermoso rol de sabernos dignos en comunidad. Entonces, la juridicidad sobre la libertad de expresión trasciende al mero stablishment legal, siempre epidérmico, para ir al reencuentro conciliado con el ser íntimo del individuo y sus derechos inalienables frente a la sociedad. Juridicidad, por lo tanto no es sólo la simplista y convencional vigencia de “normas legales y sus actores dentro de un Estado de derecho”; es ello y mucho más: es institución jurídica que se alimenta del atributo permanente de conciencia siempre alerta frente al ser íntimo de los individuos de cuya privatoriedad nacen sus derechos esenciales.

            ¿ Y cómo contestar a la segunda pregunta?

Esto es: ¿En verdad se justifica una jusfilosofía de la libertad de expresión?. Claro que sí. Mostraré esto de un modo sucinto.

            La filosofía es un ejercicio transteórico (lo teórico y lo teorético conciernen más a la ciencia que a la filosofía) de serena reflexión y examen en torno a grandes cuestiones o problemas. Y es conciencia elucidante, alerta y crítica frente a asuntos o temas fundamentales (no confundir la crítica filosófica con la “crítica del criticón”; son totalmente opuestos. La crítica filosófica siempre es prudente y ejercita el “criterio” del modo más fidedigno, noble, sincero y veraz). La manera como se patentiza la elucidación filosófica es a través del lenguaje (lenguaje como “logos”. “Lenguaje” aquí significa algo muy distinto a su sentido habitual. Lenguaje es racionalidad manifiesta. En M. Heidegger, lenguaje es “casa o morada del Ser” que luego es también “logos” o discurso de la razón).

            Hay filosofía acerca de todo lo real, de todo lo posible y de todo lo imaginable. Y lo jurídico, que es representativo de la condición humana en relación intersubjetiva, generador y a la vez reproductor de pautas legales cristalizadas por el poder público, es abordado con enorme interés y rigor por la actividad filosófica. La cuestión jurídica de ningún modo puede prescindir de reflexiones y sustentos filosóficos. La cuestión jurídica jamás se rigorizaría ni se tematizaría sin el auxilio de la filosofía; y las disciplinas jurídicas, tanto las de índole teórica (las ciencias jurídicas) como las de orden metodológico, estratégico y operativo (disciplinas procedimentales), sin la filosofía no encontrarían un modo de fundamentarse ni de justificarse. De ahí que a lo largo de la historia siempre hubo filósofos del derecho. Y en el último cuarto de siglo la actividad jusfilosófica en el mundo es por entero fecundísima, frondosa e inexhaustible por la enormidad de información que nos trae y por la complejidad de los temas y cuestiones que aborda. Por consiguiente, hablar de una  jusfilosofía de la libertad de expresión goza de una plena e íntegra validez metateórica (transteorética) ¿Cómo así?. Mostraré brevísimamente algunos argumentos.

            La “expresión” y la “libertad de expresión”, como las normas jurídicas que las cautelan, poseen estas dimensiones filosóficas o jusfilosóficas:

>                    LO ONTOLÓGICO.     La “expresión” y la “libertad de expresión” poseen un ser, una naturaleza, una identidad. Estos son los patentizadores de nuestros atributos interiores inalienables. Expreso algo porque poseo pensamientos, sentimientos e intereses para darse reverentemente al mundo. En este caso, al mundo de la intersubjetividad jurídica;

>                    LO GNOSEOLÓGICO.  Lo ontológico mismo permite nuestro acceso al conocimiento y a la información. Lo que informa un medio periodístico puede ser evaluado desde la perspectiva de la teoría del conocimiento jurídico (e incluso desde el lado epistémico y lógico). La calidad del discurso periodístico es examinable a la luz del rigor gnoseológico. Por tal examen es que percibimos que el periodismo vigente, es en alta proporción, demasiado débil en cuanto al rigor temático de su discurso;

>                    DIMENSIÓN AXIO-ÉTICA. Una jusfilosofía acerca de la libertad de expresión es por entero muy cuidadosa en lo que atañe a la reflexión axiológico-ética. Así, compete a la filosofía del derecho investigar transteoréticamente las implicancias axiológicas y éticas de la expresión que los líderes de opinión ejercen y sus impactos en el contexto socio-jurídico;

>                    DIMENSIÓN TÉLICA. Estamos en este mundo con la finalidad de mejorarlo y no de destruirlo. Nuestro gran propósito, nuestra gran misión es el contribuir a que haya menor entropía social (2) o, como símilmente lo expresara E. Durkheim en su obra “El Suicidio”, tenemos el imperativo de superar las estructuras anómicas (3); esto es, restaurar el orden y la armonía con la decisiva ayuda de nuevos paradigmas morales y jurídicos. La expresión, y de modo especial la palabra, dependiendo de su pertinencia, intencionalidad y calidad, contribuirá a disminuir la entropía social (desorden, destructividad y autodestructividad) o a exasperarla, si es que aquella es ejercida sin prudencia alguna: tráfico con la verdad, calumnia, difamación, manipulación, desinformación, extorsión, escándalo público hiperglósico, Etc., sin consideración alguna por los derechos de la persona y su protección como bien jurídico de primerísimo orden.

       Tal jusfilosofía de la libertad de expresión tendrá que interesarse porque la normatividad sobre la actuación de comunicadores, periodistas, políticos, publicistas y líderes de opinión en general, contenga aspectos fundamentales como:

>                      Los mecanismos de reinvención psicosocial de los estilos informativos y comunicativos. Necesidad de la indispensable auto-regulación o hetero-regulación estatal si la primera no fuese viable. Esto implicaría una especie de reingeniería jurídica de los medios y organizaciones de la información;

>                      Los medios no tienen por qué seguir siendo ultraliberales pleonéxicos (compulsividad del libertinaje para dañar y destruir). Por lo que el Estado (Sí, un Estado democrático) tiene la obligación política de proteger con eficacia los derechos individuales y colectivos, también en los casos (lamentablemente abrumadores) en que los medios de expresión y sus actores violen la dignidad humana y otros derechos fundamentales e inalienables;

>                      Hay que considerar que los medios de expresión tienen que ejercer una sana deontología de la libertad de expresión. Tal deontología comprende las funciones orientadora y conformadora de una civilizada opinión pública, que necesariamente ha de fundarse en sólidos principios éticos. En tal deontología no tienen espacio los periodistas manipuladores, extorsionadores, desinformantes, calumniadores y difamantes. Todos ellos tendrán que re-educarse o deontológicamente excluirse del escenario informativo;

>                      Los medios tienen, pues, el deber (y el derecho) de informar con imparcialidad, independencia y prudencia. Contravenir este principio jusfilosófico es, sencillamente, desinformar y distorsionar. Jurídicamente, la desinformación intencional es una violación a un derecho humano básico: el derecho de la colectividad a una información periodística veraz y muy respetuosa;

>                      Desde otra perspectiva, los medios de expresión han de revelar que se fundan en la verdad (amicus Plato, sed magis amica est veritas), pero también en una sensata administración de la verdad y de la información. Pues la verdad, presentada con truculencia e insensatez, también es enormemente perjudicial para el bien jurídico superior: la persona. Aparte de que la truculencia es descarnadamente psicopatogénica, suicida (E. Durkheim) y demasiado entrópica para la sociedad y la cultura (Paul Davies).

 


 

NOTAS:

(1)     Tartufo es el emblemático personaje de Moliere. Tal personaje pasó a constituirse en el gran paradigma representativo de la personalidad mediocre, envidiosa, hipócrita, intrigante, manipulatoria y pleonéxica, digna de la mejor psicopatología. Mucho se ha escrito sobre la etología tartufiana. El psiquiatra y eminente filósofo José Ingenieros lo abordó magistralmente en toda su caracterología.

(2)     En los últimos tiempos la degradación de la energía social (entropía) viene siendo examinada con gran rigor por notables físicos cuánticos con intereses de esclarecimiento etosociológico (David Bohn y discípulos,  entre otros).

(3)     Anomia es caos jurídico-social. Violación nefasta y permanente de las leyes naturales, sociales y jurídicas; conjunto de desdichas globales y envolventes que de ella se desprende. Durkheim lo entiende como un tipo de morbogenia socio-estructural que conduce al suicidio de la cultura, como también a los suicidios convencionales. Toda anomia es entrópica.  

 


(*) El autor de este ensayo es egresado de las universidades Nacional de Trujillo y Pontificia Universidad Católica del Perú. Tiene la Maestría y el Doctoral en Filosofía. La Maestría en Ciencias. Postgrado en Teoría Jurídica. Altos estudios en Psicología de Instituciones. Epistemólogo y Jusfilósofo. Docente del pregrado y del postgrado de la Universidad Nacional de Cajamarca. Investigador y ensayísta. Consultor privado. Autor de los recientes libros: “Epistemología” y “Psicología para el Éxito  .


 

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