Revista Jurídica Cajamarca |
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La conquista del derecho en el tiempoPatricia Mercado Aguilar (*) |
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Sólo la voluntad puede dar al derecho lo que constituye su esencia en realidad: Por
eminentes que sean las cualidades
intelectuales de un pueblo, si la fuerza moral, la energía, la perseverancia le faltan, en ese pueblo jamás podrá prosperar el derecho. (IHERING: Espíritu del Derecho Romano,
t. I.) El
derecho nace de la lucha y hay que luchar para alcanzarlo dice Ihering;[1]
es más, el derecho nace, sobrevive y se realiza en el transcurso del
tiempo por medio de la lucha. Si retrocedemos en el tiempo, encontramos
por ejemplo que al esclavo se lo definía
legalmente como una mercancía que el dueño podía vender, comprar,
regalar o cambiar por una deuda, sin que el esclavo pudiera ejercer ningún
derecho u objeción personal o legal; y es, después de tres siglos de
tráfico activo de esclavos, hasta principios del siglo XIX, que se
proscribió dicha práctica y aún a pesar de ello su propiedad no fue
abolida sino años después y es a través de la lucha por el derecho a
la libertad, dignidad e igualdad que
se logra que se les reconozca como personas y deje de ser considerado
como una cosa. De allí que los derechos que hoy conocemos y que se
encuentran reconocidos en el ordenamiento jurídico ha sido producto de
una lucha constante durante siglos por alcanzar ese derecho. Podemos entonces decir que ese medio para alcanzar el derecho es la
lucha; sin embargo, también debemos tener en cuenta que el derecho, en
sí, encierra tanto a la paz como a la lucha; donde la primera, es la
culminación del derecho mientras que la segunda, el medio para
alcanzarlo. Comparto la idea de Ihering cuando
dice que: “Se podrá objetar que la lucha y la discordia son
precisamente lo que el derecho se propone evitar, porque semejante
estado de cosas implica un trastorno, una negación del orden legal y no
una condición necesaria de su existencia, tal objeción sería justa si
se tratase de una lucha de injusticia contra el derecho pero qué
ocurriría si fuera al contrario”[2]. En este último caso la
lucha pasaría a ser parte integrante del derecho porque irá siempre
contra lo injusto. Esta lucha por el derecho,
se manifiesta en lo individual y lo social. Antes de explicar estas dos
manifestaciones debemos referirnos al interés que se tiene por lucha
del derecho contra la injusticia. Cuando decimos interés nos estamos
refiriendo a la satisfacción que pretende un sujeto sobre un bien o
derecho, el mismo que tiene como fundamento la agresión, vulneración o
atropello del mismo; para entenderlo mejor pondremos dos ejemplos
paralelos tanto en la esfera individual como social. En el primer caso
se daría cuando un campesino arrebata a otro un pedazo de tierra con la cual
trabaja, algo similar sucedería en el segundo caso cuando a un pueblo
le es también arrebatado por otro una parte de su territorio. En ambos
casos surge la pregunta ¿es necesario luchar o es que debemos ceder
ante estos hechos?. Podría decirse que, si se opta por la primera tal
vez tendríamos el simple gusto por el litigio, la pelea o resistencia,
sin embargo, consideramos que tanto al campesino como al pueblo se les
ha arrebatado injustamente su derecho de propiedad; al primero su sola
propiedad, mientras que al segundo la soberanía sobre su territorio.
Este último se hace más complejo si nos imaginamos por un momento que
si el pueblo a quien se le ha arrebatado no se resistiese y por tanto no
lucha por el derecho que le pertenece, éste podría ser ocupado poco a
poco hasta que deje de existir como Estado, habiendo sido conquistado
impunemente, entonces la resistencia del pueblo a quien se le arrebató
hace que prevalezca el derecho que le corresponde conforme a lo justo,
la lucha por su derecho es su propia existencia. Pero que ocurriría si
cediéramos, si esto ocurriese obviamente cualquier persona podría
vulnerar nuestros derechos y por tanto se estaría negando la existencia
del derecho. En el ejemplo concreto se estaría negando la idea de
propiedad o soberanía dando muerte al derecho. Es por ello que creemos
que cuando alguien resiste a otro por su derecho del cual se le ha
despojado, renuncia incluso a la paz y desea pues que este le sea reconocido; incluso, no solo logra
que se le reconozca de manera particular sino también su existencia
como derecho de todos. En lo individual, cuando una persona
ve atacado su derecho por otro surge un conflicto de intereses
intersubjetivos, es decir, se originan intereses contrarios produciéndose
una colisión de pretensiones jurídicas. Imaginemos dice el maestro
Monroy, que “en el paleolítico
inferior se produce una disputa entre dos hombres primitivos originada
en que uno le ha arrebatado la lanza- su instrumento de supervivencia- a
otro”.[3]
En este ejemplo se inicia un conflicto de intereses, en el que el hombre
primitivo resiste frente al otro con el fin no solo de recuperar lo que
se le ha arrebatado sino también para hacer valer su derecho, surge un
deber para consigo mismo: la defensa de su derecho como condición
necesaria para su propia existencia. Esta existencia es llamada por
Ihering como la existencia moral del hombre basada en que el hombre no
solo tiene existencia física sino también una existencia espiritual y
es por esto que cuando se desconoce un derecho inevitablemente surge la
contienda de tal manera que el hombre haciendo uso de su potestad que le
pertenece exige a otra una prestación o abstención, siendo un interés
protegido incluso por la propia ley. Entonces al atacar mi derecho no
solo se está desconociendo mi derecho como tal sino también mi propia
existencia moral fundamentada en el deber esencial de defender no solo
mi derecho sino también y de manera “secundaria” por así decirlo el de los demás, de este modo surge no solo un sentimiento
sobre mi derecho que me pertenece sino también
sobre mi persona como existencia de la misma. En lo social, en cambio, esta lucha
de basa en el deber que tenemos ante la sociedad. El Estado como
organización políticamente organizada gira en base a un ordenamiento
legal preestablecido el mismo que emana de la autoridad soberana[4],
y es a través de este que se regula las relaciones de los hombres. Por
el ordenamiento jurídico nace y se reconoce los derechos, los mismos
que fueron producto de un largo proceso de lucha tal como sucedió por
ejemplo con el derecho de voto de la mujer que después de años de
lucha se le logró reconocer el derecho político del voto.
¿Qué pasaría si es que no contribuimos al respeto por los
derechos y por ende por el ordenamiento jurídico preestablecido?
Creemos que contribuiríamos a la ilegalidad, arbitrariedad e incluso a
la desaparición de los derechos reconocidos los cuales se han adquirido
durante el transcurso del tiempo mediante luchas que incluso muchos
hombres y mujeres han dado su vida con el único propósito de que sean
reconocidos de allí que no solo basta que el juez aplique la “ley”
sino que necesitamos sobre todo que cada uno de nosotros hagamos
valer nuestros derechos a través de la lucha contra la injusticia
logrando la realización del derecho. Es por ello que pensamos que el derecho
debe basarse en la acción
y no en el mutismo
entendido este como el silencio voluntario o impuesto por un sistema jurídico-político.
Finalmente, y ya para concluir, deseo compartir una frase citada por
Rudolph Von Ihering; “Desde el momento en que el derecho no está
dispuesto a luchar, se sacrifica; así podemos aplicarle la sentencia
del poeta: “Es
la última palabra de la
sabiduría que sólo merece
la libertad y la vida, el que cada día sabe conquistarla”.
NOTAS: [1] IHERING defiende en su libro “La Lucha por el derecho” a una concepción polémica del Derecho. [2] RUDOLPH VON IHERING “La lucha por el derecho”, reimpresión 1993, Editorial Civitas. [3] Monroy Gálvez, Juan. “Introducción al Proceso Civil” Tomo 1 Editorial Temis S.A., 1996 [4] Cruzado Balcazar, Alejandro. “Derecho, Política y Moral”. Editorial Solis E.I.R.S, 1º edición, 1995
(*) Estudiante del 5to. Año de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Cajamarca. |
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